Conoce las Prestaciones a trabajadores que no integran al pago de Seguridad Social (IMSS)

Existen prestaciones que pudieran generar disminución de costo fiscal por estar exentas del pago de cuotas de Seguridad Social, por lo que es importante revisarlas y que su sistema de nóminas permita calcular dicha disminución de acuerdo a las disposiciones fiscales contenidas en el artículo 27 de la Ley del Seguro Social, el cual menciona que:

El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos:

Para que los conceptos mencionados en este precepto se excluyan como integrantes del salario base de cotización, deberán estar debidamente registrados en la contabilidad del patrón y contar con la documentación soporte correspondiente.

En los conceptos previstos en las fracciones VI, VII y IX cuando el importe de estas prestaciones rebase el porcentaje establecido, solamente se integrarán los excedentes al salario base de cotización.

ClickBalance cuenta con un sistema de nóminas que permite calcular correctamente las percepciones gravadas y exentas de acuerdo a las disposiciones legales aplicables, lo que permite no integrar al Salario Base de Cotización aquellas percepciones exentas del pago de cuotas de Seguridad Social e INFONAVIT.

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